Preguntas frecuentes

En esta página figuran las preguntas más frecuentes con respecto a las Listas relativas a las mercancías de la OMC.  Si no encuentra una respuesta a su pregunta, no dude en enviárnosla. 

¿Cuáles son las etapas 1 y 2 de las renegociaciones en el marco del artículo XXVIII?

Para facilitar la visualización de la información, este sitio web recopila las notificaciones relativas a los procedimientos previstos en el artículo XVIII del GATT de 1994 en dos categorías principales:

La "etapa 1" abarca las notificaciones mediante las cuales se inician los procedimientos o se solicita autorización para iniciarlos, así como los acuerdos bilaterales y los informes definitivos que anuncian la conclusión de los procedimientos. Normalmente estos documentos se distribuyen con la signatura G/SECRET, pero se pueden incluir otros procedimientos anteriores al establecimiento de la OMC. 

La "etapa 2" abarca las notificaciones de la siguiente fase —en la que el Miembro que lleva a cabo la renegociación presenta un proyecto de modificación de su Lista de conformidad con los procedimientos de 1980 para la modificación o rectificación de las Listas—, que se distribuyen en los documentos de la serie G/MA/TAR/RS.  Si no se presentan objeciones en un plazo de tres meses, dicho procedimiento da lugar a la certificación de la modificación propuesta, que se distribuye en los documentos de la serie WT/Let.

 

Transposiciones iniciales al SA y transposiciones al SA de conformidad con los procedimientos de 1980.

Transposiciones iniciales al SA: cuando el SA entró en vigor el 1 de enero de 1988 (SA 88), fue necesario transponer las Listas anteriores a la Ronda Uruguay de aquellas Partes Contratantes del GATT que eran también partes contratantes del Convenio del Sistema Armonizado a la Nomenclatura del SA. Se adoptaron procedimientos especiales a tal efecto y varias Listas relativas a las mercancías se transpusieron y certificaron progresivamente. Durante este proceso, algunos Miembros decidieron renegociar sus Listas en relación con la aplicación del SA.

Transposiciones al SA de conformidad con los procedimientos de 1980: la Nomenclatura del SA se actualiza periódicamente para tener en cuenta la evolución de la tecnología y de las pautas del comercio internacional. El GATT de 1947 y la OMC han adoptado procedimientos para la transposición de las Listas cada vez que se ha modificado el SA. Una vez realizados los procedimientos de transposición en el Comité de Acceso a los Mercados, las Listas transpuestas se presentan de conformidad con los procedimientos de 1980 para su certificación.